Obtener el Certificado de «Estar al Corriente de Obligaciones Tributarias» (AEAT)

¿Necesitas demostrar que estás al día con Hacienda para una subvención, una oposición o un contrato público? Te explicamos paso a paso cómo obtener el certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias de la AEAT en menos de 5 minutos.

En una frase
Este certificado es el documento oficial que acredita la ausencia de deudas con la Agencia Tributaria en el momento de su emisión.

01Requisitos indispensables antes de empezar

Identificación digital
Disponer de Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN activa en el navegador.

Situación tributaria
No tener deudas pendientes ni sanciones firmes en periodo ejecutivo con la Agencia Tributaria.

Lector de PDF
Tener instalado un visor de documentos PDF para poder abrir y verificar el sello electrónico.

Nota importante

Asegúrate de permitir las ventanas emergentes (pop-ups) en tu navegador antes de iniciar el trámite, ya que el certificado se genera en una nueva ventana.

02Fases del procedimiento online

Paso 1
Acceso a la Sede
Accede directamente al expediente de certificados tributarios de la AEAT e identifícate de forma segura.

Paso 2
Selección del trámite
Indica el motivo de la solicitud y pulsa el botón de tramitación correspondiente según tu perfil fiscal.

Paso 3
Descarga inmediata
El sistema genera el certificado en PDF firmado digitalmente listo para guardar y presentar.

03Verificación y validez legal

Una vez descargado el documento en formato PDF, este cuenta con un Código Seguro de Verificación (CSV). Esta clave alfanumérica permite a cualquier administración pública comprobar la autenticidad del certificado contrastándolo directamente con los registros de la Agencia Tributaria.


Casos especiales y normativas

Recuerda que si te encuentras en situaciones mercantiles específicas o procedimientos concursales, puedes consultar los detalles particulares en la guía de situaciones preconcursales y expedición de certificados de la AEAT. Asimismo, este tipo de certificado ordinario cuenta habitualmente con una validez de 3 meses desde su expedición.

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