Los obsequios en formación bonificada no están permitidos
Ahora que estamos ante los últimos días para poder aplicar el crédito de formación programada por las empresas, todos solemos recibir emails sin consentimiento con el argumento publicitario de que «el tiempo se agota y sino el crédito se pierde…» «100% bonificado» o lo que es incluso peor «incluimos regalo: cheques regalo, móvil, tablet, etc, …» por vender se incluyen todo tipo de ganchos publicitarios y los de este estilo o no son ciertos o incluso son ilegales.
El objetivo de la formación bonificada es cualificar al trabajador y mejorar la competitividad de la empresa
Un comunicado de hace tiempo de la Fundación Estatal (antes Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo / F.T.F.E.), aclaraba al respecto que los costes de regalos ofrecidos a alumnos / empresas por realizar un curso no son bonificables y que en cualquier caso la Fundación Estatal valorará que se den todas las circunstancias necesarias para que la capacitación sea válida, como disponer del tiempo necesario, realizar las actividades en caso de ser online, etc.
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Los regalos ofrecidos a alumnos en formación bonificada no son admisibles
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En el comunicado al cual hacemos referencia, se indica que si estos hechos llegan al conocimiento de la FTFE serían comunicados al SEPE bajo presunto fraude y posible práctica de competencia desleal. (Nosotros hemos buscado en la web de la Fundación y no localizamos este comunicado).
Y es cierto que en alguna ocasión hemos recibido publicidades de centros de formación dónde junto a la oferta formativa se ofrecen (viajes, tablets, cheques regalo, …).
El hecho es que no se debe confundir los materiales que se entregan a los alumnos (carpetas, cuadernos, libros, pendrives, …) con regalos «gancho» que o bien superan de largo el importe del propio curso o son objetos que nada tienen que ver con la acción formativa.
Por otro lado, en lo referente a malas prácticas es de todos conocidos los casos de consultoría de LOPD y de otros tipos, que se comercializan indebidamente como bonificable. Todas éstas prácticas hacen un flaco favor al subsector de la formación continua.
En cualquier caso cabe reseñar que Fundae se ha pronunciado en numerosas ocasiones sobre su disconformidad con las malas prácticas y el uso indebido de su imagen corporativa (marca gráfica), en visitas comerciales (logos en tarjetas de visita), publicidad engañosa en distintos medios, y en definitiva cualquier actividad que no respete la normativa vigente.
«Consideramos que el hecho de que un centro de formación ofrezca regalos por completar un curso bonificado de 420 euros no es una práctica ética. Si bien se puede argumentar que el regalo no está incluido en el precio del curso, en la práctica, el coste se carga al presupuesto de formación bonificada, lo que podría constituir una práctica fraudulenta. Este tipo de prácticas van en contra de la finalidad de la formación bonificada, que es mejorar la calidad y la empleabilidad, no repartir regalos.»
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Cómo interpretar los emails con publicidad que indican “Curso gratuito”
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- Para ser gratuito no puede aparecer que es Bonificado.
- Son cursos que se enmarcan en los Planes de oferta de sindicatos u organizaciones empresariales, debe estar indicado.
- Piden cumplimentar anexos firmados por el participante. Si piden que firme el representante legal, no lo son.
- Es gratuito para los trabajadores, todos los cursos bonificados deben serlo, pero indican un coste para la empresa, en ese caso se trata de curso bonificado.
- La Fundación Estatal persigue estas acciones y dispone de un canal para recibir quejas sobre estas prácticas.
📌 Recuerda: «La formación bonificada por las empresas ha de guardar relación con su actividad.»

